Es el conjunto de los
mejores criterios y conceptos que debe guiar a la conducta de un sujeto por
razón de los más elevados fines que puedan atribuirse a la profesión que
ejerce.
• Deberes del profesional para con la dignidad de la
profesión:
– No ejecutar actos reñidos con la buena técnica, aún cuando
pudiere ser en cumplimiento de órdenes de autoridades, mandantes o comitentes.
– No conceder su firma, a título oneroso ni gratuito, para
autorizar planos, especificaciones, dictámenes, memorias, informes y toda otra
documentación profesional, que no hayan sido estudiados o ejecutados o
controlados personalmente por él.
– No recibir o conceder comisiones, participaciones y otros
beneficios, con el objeto de gestionar, obtener o acordar designaciones de
índole profesional o la encomienda de trabajos profesionales.
• Deberes del profesional para con los demás profesionales:
– No utilizar sin autorización de sus legítimos autores y
para su aplicación en trabajos profesionales propios, ideas, planos y demás
documentación pertenecientes a aquellos.
– No difamar ni denigrar a colegas, ni contribuir en forma
directa o indirecta a su difamación o denigración con motivo de su actuación
profesional.
– No evacuar consultas de comitentes, referentes a asuntos
que para ellos proyecten, dirijan o conduzcan otros profesionales o respecto a
la actuación de éstas en esos asuntos, sin ponerlos en conocimiento de la
existencia de tales consultas y haberles invitado a tomar intervención conjunta
en el estudio necesario para su evacuación
• Deberes del profesional para con los clientes y el público
en general:
– No aceptar en su propio beneficio, comisiones, descuentos,
bonificaciones y demás análogas, ofrecidas por proveedores de materiales,
artefactos o estructuras, por contratistas y/o por otras personas directamente
interesadas en la ejecución de los trabajos que el profesional proyecte o
dirija.
– Mantener secreto y reserva respecto a toda circunstancia
relacionada con el cliente y con los trabajos que para él efectúa
– Manejar con la mayor discreción los fondos que el cliente
pusiere a su cargo, destinados a desembolsos exigidos por los trabajos a cargo
del profesional